QUE ES EL VALOR FISCAL. IMPUESTOS ESPAÑOLES

El Valor Fiscal es el Valor calculado por la administración tributaria española para ser utilizado en las valoraciones fiscales de las operaciones que afecten a bienes inmuebles como compra, venta, herencias, donaciones, etc. 

A veces, los compradores de propiedades españolas reciben cartas de la oficina regional de impuestos en las que se les solicita un impuesto adicional adeudado por la compra de sus propiedades.

El concepto es fácil de explicar: según la ley española, la oficina tributaria española tiene la capacidad de anular los valores declarados de las transacciones para solicitar un impuesto adicional sobre la base de que el precio declarado estaba "por debajo del valor de mercado".

 Estas cartas se denominan actualmente “complementarias”.

Explicaremos este concepto usando un ejemplo:

Imaginando que compras una propiedad de REVENTA en Cataluña, España por un precio de 300.000 EUR. El impuesto de compra en Cataluña es del 10 % sobre el precio de compra.

Este precio de adquisición (300.000 EUR) se denomina VALOR COMERCIAL y es el valor que se utiliza para calcular los impuestos derivados de la compra y los de la venta.  

Siguiendo este ejemplo, en la fecha de finalización del proceso de compra, el comprador pagará el impuesto del 10 % sobre el precio de adquisición: 

3000.000 * 10 % = 30.000 euros

Sin embargo, aunque el valor de la compra es de 300.000 EUR (VALOR COMERCIAL), la administración española tiene hasta 4-5 años para inspeccionar y reconsiderar el precio utilizado como base del impuesto y pagado a esta propiedad. Así, durante este plazo la administración podrá inspeccionar la transacción y podrá considerar en su criterio que el valor a utilizar para el cálculo del impuesto sobre esta venta, en lugar del precio pagado (VALOR COMERCIAL), siendo 300.000 EUR debe ser superior, por ejemplo , 400.000 EUR (VALOR FISCAL).

 Si este fuera el caso, la administración española podría exigirle que pague la diferencia en ambos valores, el VALOR COMERCIAL y el VALOR FISCAL (el calculado por la administración: 400.000 EUR). Entonces, entonces, la administración puede exigirle que pague impuestos con respecto a 300.000 EUR, en lugar de 400.000 EUR utilizando esta fórmula: 

400.000 * 10 % = 40.000 EUR. A este importe se le descuenta el importe del impuesto ya pagado en el momento de la adquisición. Entonces: 40.000 – 30.000 euros = 10.000 euros. Esta cantidad será la que la administración española te exigirá para pagar impuestos extra por el acto de adquisición. 

Como puede ver, siempre es recomendable obtener el Valor Fiscal de su propiedad ANTES de completar el proceso de compra de una propiedad en España. 

¿Cómo saber el valor fiscal de su propiedad? 

El camino es muy fácil. Hay un sitio oficial público donde se puede obtener este valor 

Para esto, solo necesitas: 

– La referencia catastral de su propiedad

– Tu certificado digital español (en caso de no tenerlo, tu abogado lo usará herederos)

– Visitar el sitio oficial de la administración CLIC AQUÍ

Obtendrá entonces el VALOR FISCAL de su propiedad.

En caso de que el resultado del VALOR FISCAL sea INFERIOR al VALOR COMERCIAL, esto es perfecto, ya que tendrá un bajo riesgo de que en el futuro se le exija pagar impuestos adicionales por la adquisición.  

Pero, en caso de que el VALOR FISCAL sea SUPERIOR al VALOR COMERCIAL, habrá ALTAS posibilidades de ser solicitado en el futuro para pagar la diferencia de ambos valores en impuestos. 

Sin embargo, independientemente del resultado de la tasación obtenida de la forma anterior, nadie (incluido su abogado) está en condiciones de garantizarle futuras inspecciones de valor por parte de la Agencia Tributaria española.

Como puede verse, la forma en que Hacienda española valora la propiedad está atendiendo a criterios “teóricos”, y no considerando el estado de construcción “real” del edificio. Así, puede ocurrir que el valor del inmueble sea mayor para la administración cuando, en realidad, el estado de construcción del edificio es muy malo.  

Por lo que, en caso de que usted o su abogado tengan dudas sobre esta tasación, es muy recomendable realizar una VALORACIÓN de la propiedad realizada por un especialista –ARQUITECTO- en la fecha de compra. Esta VALORACIÓN ayudará a demostrar a la administración española que, independientemente del resultado de sus cálculos sobre el VALOR FISCAL, el VALOR REAL de la propiedad, y tendrá más argumentos para oponerse a futuras eventuales inspecciones de estos valores en el futuro. .