Cómo ha afectado el Brexit a los propietarios de viviendas en España, en situación de no residentes.

Desde la entrada en vigor de la separación del Reino Unido de la Unión Europea, ha habido numerosas variaciones en el trato personal, administrativo y fiscal de los ciudadanos británicos con propiedades en España.

Como no podía ser de otra manera, el tratamiento que más se ha diferenciado respecto de los aspectos fiscales es a efectos de Impuesto sobre la Renta de no Residentes en España – Impuesto de la Renta de las Personas Físicas No Residentes – Modelo de Impuesto 210.

Como podemos ver en la calculadora de impuestos que encontrarás al final de este informe, existe una variación importante tanto en el tipo de gravamen a pagar por las rentas obtenidas en España, como en su consideración a efectos de deducciones, créditos fiscales, etc.

El tratamiento fiscal de los británicos no residentes en España antes de que el Reino Unido abandonara la Unión Europea se basó en los siguientes aspectos fundamentales:

- Las rentas inmobiliarias obtenidas a través de una propiedad en España estaban sujetas a un 19% de impuestos.

-Además, en el caso de los ingresos por alquileres, se permitió a los ciudadanos británicos reducir el impuesto a través de una serie de rebajas y reducciones que, especialmente en relación con los gastos de alquiler, se tradujo en una mejora significativa de la situación fiscal de las inversiones.

Sin embargo, después de la salida del Reino Unido de la Unión Europea, se ha producido la asimilación del Reino Unido como país no perteneciente a la Unión Europea, con lo que, como veremos en la calculadora al final de este artículo, las diferencias fundamentales son los siguientes impuestos para los no fiscales británicos residentes:

-Las rentas obtenidas en España a través de una propiedad española pasan de tributar al 19 %, y comienzan a tributar al 24%.

-Los ingresos por alquiler obtenidos a través de una propiedad en España son no sujeto a ninguna reducción, o descuento, de gastos de funcionamiento tales como limpieza, seguro del hogar, reparaciones, reformas, etc., como si estuvieran contemplados en el caso de nacionales o residentes de países de la Unión Europea.

Por tanto, si anteriormente existían conceptos que podían deducirse del impuesto de no residente español, como limpieza de la piscina, pagos a la comunidad de propietarios, reparaciones realizadas en el piso, seguro del hogar, etc., en este momento no es posible realizar este tipo de deducciones o acceder a los créditos fiscales que los países de la Unión Europea sí encuentran en el sistema fiscal español.

También hay que decir que los residentes británicos que, ya sea con anterioridad a la salida del Reino Unido de la Unión Europea a través del mecanismo del Brexit, o aquellos que hayan obtenido posteriormente la residencia fiscal, no experimentan absolutamente ningún tipo de variación en su tratamiento fiscal.

Esto es así porque los residentes fiscales españoles, por su propia naturaleza, están sujetos a un tratamiento homogéneo y generalizado junto con el resto de nacionales españoles, por lo que la salida del Reino Unido de la Unión Europea a través del mecanismo del Brexit no ha generado algún cambio al respecto.

Para visualizar con exactitud la diferencia cuantitativa tanto en el caso de formar parte de países de la Unión Europea, como, en su caso, de no residentes, le invitamos a cumplimentar los formularios de la calculadora que ayuda a descubrir cómo es la fiscalidad española. El sistema funciona para los británicos tras el Brexit, en situación de no residentes.

 

También puede calcular sus impuestos como residentes fiscales españoles RESIDENTES POR IMPUESTO SOBRE LA RENTA y otros desde la sección de nuestra Calculadora haciendo clic a continuación: